SUGA
Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Publico en el Distrito Capital
NORMA AGLOMERACIONES DE PÚBLICO EN EL DISTRITO CAPITAL
☑ Resolución 0086 de 2023: "Por la cual se desarrolla el artículo 30 del Decreto Distrital 599 de 2013 para establecer los tipos de Fútbol Profesional Clase C (de bajo riesgo) para Bogotá DC".
☑ Decreto 470 de 2021: "Por el cual se modifica el Decreto Distrital 599 de 2013, en lo relacionado con eventos culturales, recreativos y deportivos y se dictan otras disposiciones".
☑ Decreto 622 de 2016: "Por el cual se modifica el Decreto Distrital 599 de 2013".
☑ Resolución 569 de 2014: "Por la cual se implementan y desarrollan algunos de los aspectos más relevantes establecidos en el Decreto Distrital 599 de 2013 y se dictan otras disposiciones".
☑ Decreto 599 de 2013: "Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el distrito Capital - SUGA y se dictan otras disposiciones".
ASPECTOS DE IMPLEMENTACIÓN DEL DECRETO 470 DE 2021
☑ Circular Conjunta 001 de 2024 (17 de abril de 2024): "Aspectos a tener en cuenta para el desarrollo de espectáculos públicos de las artes escénicas en escenarios identificados y reconocidos"
☑ Circular 001 de 2022 (8 de abril de 2022): "Aspectos de implementación del decreto distrital 470 de 2021 y canales transitorios para el registro de información de los escenarios culturales para las artes escénicas reconocidos por la secretaría distrital de cultura, recreación y deporte y el instituto distrital de las artes"
PARA: Responsables de escenarios culturales para las artes escénicas reconocidos, organizadores, productores y empresarios de espectáculos públicos y ciudadanía en general.
ACCIONES DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL -IVC- PARA EVENTOS DE AGLOMERACIÓN DE PÚBLICO
☑ Circular 002 (12 de julio de 2022): "Acciones de inspección, vigilancia y control -IVC- para eventos de aglomeración de público."
PARA: Empresarios y organizadores de eventos de aglomeración de público, administradores y propietarios de escenarios y establecimientos de comercio y público en general.
☑ Circular 003 (12 de julio de 2022): "Acciones de inspección, vigilancia y control -IVC- para eventos de aglomeración de público".
PARA: Alcaldes locales, referentes gestión de riesgos y responsables de inspección, vigilancia y control.
Las Aglomeraciones de público
También conocidas como eventos masivos, se entiende por actividad de aglomeración de público toda reunión de un número plural de personas, producto de una convocatoria individual o colectiva, abierta, genera e indiferenciada. (Decreto 599 de 2013, art. 10).

¿Con cuánto tiempo debo hacer el registro y en qué horario?


"Si tiene dificultades, desea reportar algún inconveniente o tiene alguna inquietud con la ventanilla Única Virtual SUGA, por favor enviar la información al correo electrónico soportesuga@idiger.gov.co"